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Derechos humanos y trabajo digno

Normatividad internacional y nacional


Aquí encontrarás el marco legal, internacional y nacional, que sustenta el derecho al trabajo digno y la nueva justicia laboral.



Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos

Dicho Sistema surge de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada en 1948. Desde entonces, se ha desarrollado un cuerpo normativo sólido con diferentes órganos encargados de:

• Promover los derechos humanos.

• Vigilar y exigir el cumplimiento de los derechos humanos por parte de los Estados.


El Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), es el principal órgano del Sistema y tiene el mandato de formular recomendaciones para desarrollar el derecho internacional de los derechos humanos.

Otra instancia es la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (creada en 1993), que es el principal centro de coordinación para la investigación, la educación, la información pública y las actividades de promoción de los derechos humanos en el Sistema de Naciones Unidas.

También existen los procedimientos especiales: Relatorías especiales, Grupos de trabajo y personas expertas independientes.


FUENTE: Puntual. Herramientas para la libertad de expresión. Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos.







Los principales instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que garantizan el acceso al trabajo digno





Normas internacionales del trabajo


Son instrumentos jurídicos elaborados por mandantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), gobiernos, empleadores/as y trabajadores/as, en los que se establecen los principios y derechos fundamentales en el ámbito laboral. Estos pueden ser convenios, tratados internacionales jurídicamente vinculantes que pueden ser ratificados por los Estados Miembros, o recomendaciones, que son orientaciones no vinculantes.

México ha ratificado los 8 Convenios considerados fundamentales de la OIT relativos a combate al trabajo forzoso y al trabajo infantil; a la libertad de asociación, sindicación y de contratación colectiva, a la no discriminación e igualdad salarial por trabajo de igual valor:








Convenio sobre la violencia y el acoso (núm. 190)


El 15 de marzo de 2022, el Senado de la República ratificó el Convenio sobre la violencia y el acoso (núm. 190) de la OIT. Este instrumento internacional establece la primera definición, internacionalmente acordada, sobre violencia y acoso en el trabajo. 

El Convenio entrará en vigor para México el 6 de julio de 2023 y su ratificación permitirá al gobierno mexicano elaborar mecanismos nacionales para la protección de las personas trabajadoras ante situaciones de acoso y violencia en el ámbito laboral.


FUENTE: Recuperado de: Celebra la OIT la ratificación por México del Convenio 190 contra la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.

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El deber del Estado de proteger los derechos humanos


De acuerdo con el artículo 1º constitucional, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.



En materia de protección de derechos humanos, el Estado debe:

• Proteger contra las violaciones de los derechos humanos cometidas en su territorio y/o su jurisdicción por terceros/as, incluidas las empresas.

• Adoptar las medidas apropiadas para prevenir, investigar, castigar y reparar esos abusos, mediante políticas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento a la justicia.

• Enunciar claramente que se espera de todas las empresas domiciliadas en su territorio y/o jurisdicción que respeten los derechos humanos, en todas sus actividades.

• Asesorar de manera eficaz a las empresas sobre cómo respetar los derechos humanos en sus actividades.


FUENTE: · Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible

FUENTE: · Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (2011). Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar. Disponible







Reforma Laboral


El 1 de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, entre otras, de la Ley Federal del Trabajo.



Algunos aspectos que contempla la Reforma Laboral (STPS):



• Los juicios se resolverán en máximo seis meses.

• Las partes deberán buscar un acuerdo antes de iniciar un juicio.

• Los conflictos laborales pasarán a manos del Poder Judicial con la creación de los Tribunales especializados. Desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje y se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

• Los juicios serán orales, modernos, expeditos y en presencia de un/a juez/a.

• Libertad y democracia sindical, mediante la emisión de la constancia de representatividad y la legitimación del contrato colectivo de trabajo, a través del voto personal, libre, directo y secreto de las personas trabajadoras.

• Transparencia sindical.

• Inclusión con perspectiva de género y de responsabilidades familiares.

• Representación proporcional de género en las dirigencias sindicales.

• Medidas cautelares para evitar la pérdida de la seguridad social en casos de discriminación, violencia de género y trabajo infantil.


FUENTE: Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 10 claves para entender la nueva reforma laboral.







Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación


Dicha Norma Mexicana establece los requisitos para que los centros de trabajo públicos, privados y sociales, de cualquier actividad y tamaño, integren, implementen y ejecuten dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación que favorezcan el desarrollo integral de las y los trabajadores. 

 Su finalidad es fijar las bases para el reconocimiento público de los centros de trabajo que demuestran la adopción y el cumplimiento de procesos y prácticas a favor de la igualdad laboral y no discriminación.



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Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención


Dicha Norma Oficial Mexicana tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.



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Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para “proteger, respetar y remediar"



En junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas hizo suyos los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos que le presentó el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas, Profesor John Ruggie.



En los Principios Rectores:



• Se esbozan medidas para que los Estados promuevan el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas.

• Se muestra un esquema para que las empresas gestionen el riesgo de provocar consecuencias negativas en los derechos humanos.

• Se ofrece un conjunto de parámetros de referencia para que interesados/as evalúen el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas.

• Se prevé la reparación del daño.



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Líneas Directrices de la OCDE
para Empresas Multinacionales



Constituyen principios y normas no vinculantes para una conducta empresarial responsable dentro del contexto global, conformes con las leyes aplicables y las normas reconocidas internacionalmente.



En materia de derechos humanos, las empresas deberán:



• Respetar los derechos humanos.

• En el marco de sus actividades, evitar causar impactos negativos sobre los derechos humanos o contribuir a que se generen y resolver dichos impactos si los hubiera.

• Elaborar una política que formule su compromiso con el respeto de los derechos humanos.

• Ejercer la debida diligencia en materia de derechos humanos en función de su tamaño, de la naturaleza y el contexto de sus actividades y de la gravedad de los riesgos de impactos negativos sobre dichos derechos.

• Establecer mecanismos legítimos o cooperar mediante estos mecanismos para poner remedio a los impactos negativos sobre los derechos humanos cuando se descubra que han causado dichos impactos o que han contribuido a generarlos.



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Declaración tripartita de principios sobre las empresas
multinacionales y la política social de la OIT



Estos principios ofrecen a las empresas multinacionales, a los gobiernos y a las organizaciones de empleadores/as y de trabajadores/as orientaciones en materia de empleo, formación, condiciones de trabajo y de vida y relaciones de trabajo.

Esta Declaración tiene como objetivo fomentar la contribución positiva que las empresas multinacionales pueden aportar al progreso económico y social y a la consecución del trabajo decente para todos/as, así como minimizar y resolver las dificultades a que pueden dar lugar las operaciones de estas empresas.



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Normas de Desempeño sobre Sostenibilidad Ambiental y Social de la Corporación Financiera Internacional (CFI)



El Marco de Sostenibilidad de la CFI (institución del Banco Mundial) expresa el compromiso estratégico de la Corporación hacia el desarrollo sostenible, y es parte integral de su enfoque para la gestión del riesgo.

Las Normas de Desempeño están destinadas a clientes/as, ofreciendo orientación para identificar riesgos e impactos, con el objeto de ayudar a prevenir, mitigar y manejar los riesgos e impactos como forma de hacer negocios de manera sostenible, incluida la obligación de incorporar a las partes interesadas y divulgar las actividades del proyecto.

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Normas que se deben respetar durante todo el ciclo de inversión de la CFI:


1. Evaluación y gestión de los riesgos e impactos ambientales y sociales.
2. Trabajo y condiciones laborales.
3. Eficiencia del uso de los recursos y prevención de la contaminación.
4. Salud y seguridad de la comunidad.
5. Adquisición de tierras y reasentamiento involuntario.
6. Conservación de la biodiversidad y gestión sostenible de los recursos naturales vivos.
7. Pueblos indígenas.
8. Patrimonio cultural.




Norma de Desempeño
2. Trabajo y condiciones laborales

Reconoce que la búsqueda del crecimiento económico, a través de la creación de empleo y la generación de ingresos, debe estar acompañada por la protección de los derechos básicos de las personas trabajadoras.

Objetivos:

• Promover el trato justo, la no discriminación y la igualdad de oportunidades de las personas trabajadoras.

• Promover el cumplimiento de la legislación nacional sobre empleo y trabajo.

• Proteger a las personas trabajadoras, incluidas las categorías de trabajadores/as en situación de vulnerabilidad.

• Promover condiciones de trabajo seguras y saludables, y fomentar la salud de las personas trabajadoras.

• Prevenir el uso del trabajo forzoso.


Norma de Desempeño
7. Pueblos indígenas

Reconoce que los pueblos indígenas, como grupos sociales con identidades distintas de las de los grupos dominantes en las sociedades nacionales, suelen encontrarse entre los segmentos más marginados y vulnerables de la población.

Objetivos:

• Garantizar que el proceso de desarrollo fomente el pleno respeto a los derechos humanos, dignidad, aspiraciones, cultura y medios de subsistencia dependientes de los recursos naturales de los pueblos indígenas.

• Anticipar y evitar que los proyectos tengan impactos adversos sobre las comunidades de pueblos indígenas o, cuando no sea posible evitarlos, minimizarlos o resarcir dichos impactos.

• Respetar y conservar la cultura, conocimientos y prácticas de los pueblos indígenas.


FUENTE: Corporación Financiera Internacional (2012). Normas de Desempeño sobre Sostenibilidad Ambiental y Social.








Pacto Mundial de la ONU



Es la iniciativa por la sostenibilidad corporativa más grande del mundo, la cual está sustentada por las Naciones Unidas y comprende los principios y valores de la Organización.


Los 10 principios del Pacto Mundial de la ONU:



DERECHOS HUMANOS

Principio 1: las empresas deberían apoyar y respetar la protección de derechos humanos declarados internacionalmente.

Principio 2: las empresas deberían asegurarse de no ser partícipes de vulneraciones de derechos humanos.



TRABAJO

Principio 3: las empresas deberían defender la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

Principio 4: las empresas deberían defender la eliminación de todas las formas de trabajo forzado u obligatorio.

Principio 5: las empresas deberían defender la abolición efectiva de la mano de obra infantil.

Principio 6: las empresas deberían defender la eliminación de la discriminación con respecto al empleo y la ocupación.



MEDIO AMBIENTE

Principio 7: las empresas deberían apoyar un planteamiento preventivo con respecto a los desafíos ambientales.

Principio 8: las empresas deberían llevar a cabo iniciativas para fomentar una mayor responsabilidad ambiental.

Principio 9: las empresas deberían promover el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas con el medio ambiente.



LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN

Principio 10: las empresas deberían trabajar contra la corrupción en todas sus formas, como la extorsión y el soborno.



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